El caso es que en los foros de esa red encontré uno que proyectaba la reforma de la Constitución Española de 1978.
ARTÍCULO 2
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
Se sustituye por:ARTICULO 3
Artículo 2.
a) La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles.
b) Los gobernadores regionales, alcaldes y consejos insulares, serán designados y cesados libremente por el Rey a propuesta del Consejo de Ministros y, se regirán por los principios de unidad, eficacia y coordinación.
Abogo por suprimir la letra b) y nos quedará un artículo 2 muy mejorado.
1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
OK.2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.
Se sustituye por:3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.
2.
a) Los españoles y los residentes en España tienen derecho a comunicar en el ámbito personal y empresarial privado en cualquier lengua o dialecto, sin restricción alguna.
b) Sin embargo las comunicaciones en sectores privados sensibles tales como facturas de agua, luz y similares, notificaciones de multa u otros actos administrativos, las comunicaciones se harán exclusivamente en castellano.
c) Se prohíbe toda imposición de uso lingüístico en ceremonias religiosas, comercios, imprenta o medios audiovisuales.
d) La enseñanza oficial se impartirá íntegramente en castellano, sin perjuicio de la evaluación en lenguas internacionales.
e) Las lenguas regionales no serán evaluables.
Eso se cambia por:Hay posts sugiriendo modificar la Constitución europea (antes de que existiera) para frenar el ¡¡secesionismo totalitario!!
3.
a) En los trámites administrativos, los interesados que justifiquen desconocer el Castellano, se podrá traducir a las lenguas regionales o nacionales de otros países.
b) Los españoles mayores de edad que desconozcan la lengua castellana, no serán objeto de reeducación forzosa para el reaprendizaje de la lengua oficial.
Según mi estado de ánimo estas ideas me producen conmiseración, o miedo, o risa, o indignación, o asombro... Reeducación dicen...
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